La concesión de Títulos Nobiliarios, ha sido otorgada a través de una Real Carta, por el Rey o -en algunos momentos de la historia- por el Jefe de Estado. Para materializarse, debe publicarse en el "Boletín Oficial del Estado" mediante un Real Decreto de concesión.
Existen tres posibilidades de conceder un título nobiliario:
a) La concesión del propio Rey.
b) La ejercida por el Rey a propuesta del Consejo de Ministros. Suelen concurrir méritos extraordinarios.
c) La ejercida por el Rey previa tramitación de expediente administrativo promovido ante el Ministerio de Justicia por el propio interesado.
El objeto de crear este blog es difundir toda la información relacionada con los títulos nobiliarios, poniendo especial hincapié en los archivos y centros que conservan documentación relacionada, la bibliografía sobre los mismos, y cualquier noticia interesante al respecto.
miércoles, 17 de marzo de 2010
Procedimientos administrativos: Concesión de Título y/o Grandeza
Etiquetas:
Jefe de Estado,
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Real Decreto de concesión,
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Títulos nobiliarios
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